Requisitos para alquilar una casa en 2017

Tal vez estés siguiendo la polémica alrededor del anteproyecto de Ley de modificación de la Ley 8/2012, de 19 de julio, con el que el Gobierno Balear pretende reformar el alquiler vacacional en Mallorca. Desde Alquilair estamos muy atentos a todo lo que está ocurriendo para poder informarte y resolver tus dudas. Vamos a recopilar cómo se encuentra la cuestión.

¿Cuáles son los requisitos para alquilar una casa en Mallorca en 2017? 

Desde la aprobación de la nueva Ley de Arrendamiento Urbano (LAU), las Comunidades Autónomas son las que tienen competencia para regular el mercado del alquiler de vivienda vacacional. De ahí que el Gobierno Balear esté presentando este nuevo anteproyecto. Pero mientras el ejecutivo autonómico espera su aprobación, la patronal hotelera, plataformas y movimientos ecologistas, la patronal del alquiler vacacional, asociaciones vecinales, partidos políticos, colegios de administradores de fincas y agrupaciones empresariales como las de comercio, hostelería y, hasta, agencias de viajes, se han manifestado, en un choque de intereses, tanto a favor como en contra.

Antes del anteproyecto, las normas en cuanto alquiler vacacional, permitían únicamente, la comercialización turística de viviendas unifamiliares aisladas, de viviendas pareadas en régimen de propiedad horizontal y viviendas unifamiliares entre medianeras en una única parcela urbanística. El cambio sustancial, de prosperar el borrador de ley, está en la posibilidad de comercializar como estancias turísticas las viviendas en edificios plurifamiliares en régimen de propiedad horizontal. Ante los posibles problemas que pueda conllevar esto, el anteproyecto determina una serie de exigencias y controles con intención de controlas una posible especulación urbanística.

By Alquilair

Claves de la reforma

Estas son algunas de las claves que tienes que tener en cuenta con el borrador de la ley 8/2012, de 19 de julio.

  • Convivencia: Las comunidades de vecinos serán las que decidirán si aceptan si una vivienda de la comunidad puede ser comercializada como estancia turística o no. Para garantizar la armonía y seguimiento de las normas de convivencia, el Gobierno pretende que las comunidades de vecinos aprueben por mayoría la autorización del alquiler turístico en cada edificio.      

  • Zonas definidas: Cada Consell determinará en qué zonas se puede alquilar o no a turistas. La propuesta fija unos mínimos generales para alquilar a turistas, pero luego será cada  Consell Insulares el que definan las zonas donde se permita alquilar y bajo qué limitaciones.         

  • Contra especulación: No podrán convertirse en estancia turística ni las viviendas de protección oficial y ni las casas y pisos con menos de diez años de antigüedad. Se trata de limitar la especulación en el mercado de las viviendas residenciales.

  • Multas más altas: Se contemplan sanciones de hasta 40.000 euros a las páginas webs y dueños que anuncien viviendas no autorizadas por Turismo.

  • Limitación de plazas: Se ordena la fijación de un límite máximo efectivo y real de plazas turísticas en alojamientos turísticos y de estancias turísticas en viviendas residenciales. Se fijará mediante los Planes de Intervención en Ámbitos Turísticos (PIAT) y los Planes Territoriales Insulares (PTI).

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